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 > Breve informe sobre Aprendizajes Sin Escuela en Paraguay. Incluye aspectos legales; mecanismos de acreditación;​ recursos y referencias. > Breve informe sobre Aprendizajes Sin Escuela en Paraguay. Incluye aspectos legales; mecanismos de acreditación;​ recursos y referencias.
  
-### Aspectos legales+ 
 +## Aspectos legales
  
 ### Extensión de la escolarización obligatoria ### Extensión de la escolarización obligatoria
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 El Art. 3 de la ley, en consonancia con lo establecido por la Constitución,​ reconoce y garantiza el derecho a aprender y la igualdad de oportunidades de acceder a los conocimientos,​ así como la libertad de enseñar, sin más requisitos que  la idoneidad y la integridad ética. También reconoce y garantiza ​ derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico. El Art. 3 de la ley, en consonancia con lo establecido por la Constitución,​ reconoce y garantiza el derecho a aprender y la igualdad de oportunidades de acceder a los conocimientos,​ así como la libertad de enseñar, sin más requisitos que  la idoneidad y la integridad ética. También reconoce y garantiza ​ derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico.
  
-Respecto al papel que cumplen las familias o los padres en la educación, los Arts. 14((Artículo 14.- La familia constituye el ámbito natural de la educación de los hijos y del acceso a la cultura, indispensable para el desarrollo pleno de la persona. (...))) y 129(( Artículo 129.- Los padres o tutores de alumnos tienen derecho a: a. ser reconocidos como agentes naturales y primarios de la educación; b. que sus hijos o menores bajo su tutela reciban la educación escolar básica y que ésta sea gratuita.(…) c. elegir para sus hijos o menores bajo su tutela la institución educativa cuya orientación responda a su convicciones filosóficas,​ éticas o religiosas (...))), los colocan como los agentes naturales y primarios de la educación. Por otro lado, el Art. 129 reconoce también el derecho de los padres a “elegir para sus hijos la institución educativa cuya orientación responda a su convicciones filosóficas,​ éticas o religiosas”.+Respecto al papel que cumplen las familias o los padres en la educación, los Arts. 14((Artículo 14.- La familia constituye el ámbito natural de la educación de los hijos y del acceso a la cultura, indispensable para el desarrollo pleno de la persona. (...) )) y 129(( Artículo 129.- Los padres o tutores de alumnos tienen derecho a: a. ser reconocidos como agentes naturales y primarios de la educación; b. que sus hijos o menores bajo su tutela reciban la educación escolar básica y que ésta sea gratuita.(…) c. elegir para sus hijos o menores bajo su tutela la institución educativa cuya orientación responda a su convicciones filosóficas,​ éticas o religiosas (...) )), los colocan como los agentes naturales y primarios de la educación. Por otro lado, el Art. 129 reconoce también el derecho de los padres a “elegir para sus hijos la institución educativa cuya orientación responda a su convicciones filosóficas,​ éticas o religiosas”.
  
-Por último, en relación a las obligaciones de los padres el Art. 130((Artículo 130.- Los padres o tutores están obligados a: a. que sus hijos o menores bajo su tutela reciban la educación escolar básica obligatoria (...))) establece, entre otras, la referida a que sus hijos o menores bajo su tutela reciban la educación escolar básica obligatoria.+Por último, en relación a las obligaciones de los padres el Art. 130((Artículo 130.- Los padres o tutores están obligados a: a. que sus hijos o menores bajo su tutela reciban la educación escolar básica obligatoria (...) )) establece, entre otras, la referida a que sus hijos o menores bajo su tutela reciban la educación escolar básica obligatoria.
  
 ### Jurisprudencia ### Jurisprudencia