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mrebolledo [Artículos académicos]
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 ## Mecanismos de acreditación ## Mecanismos de acreditación
  
-En México existen ​dos principales mecanismos de certificación de estudios: la acreditación,​ a través del INEA, y la revalidación,​ a través de currículos extranjeros con acreditación de escuelas sombrillas (umbrellas.+En México existen ​__dos principales mecanismos de certificación de estudios__: la **acreditación**, a través del INEA o CEDEX, y la **revalidación**, a través de currículos extranjeros con acreditación de escuelas sombrillas (umbrellas).
  
 ** **
 Acreditación a través de INEA** Acreditación a través de INEA**
  
-El INEA es el Instituto Nacional de Educación para Adultos y fue creado con el fin de abatir el analfabetismo y el rezago educativo en las poblaciones y grupos poblacionales que, por alguna razón, no tienen acceso a escuelas públicas. En el INEA se pueden acreditar primaria y secundaria únicamente,​ a partir de los 15 años. Sin embargo, hace tiempo se creó el programa MEVyT 10-14 enfocado a niños de grupos vulnerables para que puedan concluir su primaria. ​Las familias ​que educan en casa y sin escuela utilizan este programa ​para certificar ​la primaria de sus hijos. El programa consta de 12 módulos, para cada módulo hay un libro que se debe llenar ​estudiarluego se presenta un examen ​si se acredita se pasa al siguiente móduloAl finalizar se obtiene el certificado ​de primaria. +El INEA es el Instituto Nacional de Educación para Adultos y fue creado con el fin de abatir el analfabetismo y el rezago educativo en las poblaciones y grupos poblacionales que, por alguna razón, no tienen acceso a escuelas públicas. En el INEA se pueden acreditar primaria y secundaria únicamente,​ a partir de los 15 años. Sin embargo, hace tiempo se creó el programa MEVyT 10-14 enfocado a niños de grupos vulnerables para que puedan concluir su primaria. ​Este año, 2023, las reglas de operación del INEA cambiaron, por lo que ahora, la atención ​para niños y niñas entre los 10 y los 14 años solo se da si se demuestra una situación de vulnerabilidad,​ por lo que los padres que desean acreditar ​la primaria de sus hijos entre los 10 los 14 añosdeberán escribir una carta libre solicitando los servicios del INEA explicando las razones por las que sus hijos o hijas no asisten a una escuela regularDependerá ​de INEA si acepta o no atender a esos niños y niñas. Y los padres decidirán si esperan a que sus hijos tengan 15 años para poder certificar la primaria ​sin problemas
-Para secundaria es a partir de los 15 años y también ​se presenta por módulos, aunque hay un examen único que puede solicitarse para obtener el certificado de manera más rápida. Todos estos servicios son gratuitos.+Para secundaria es a partir de los 15 años y se presenta por módulos, aunque hay un examen único que puede solicitarse para obtener el certificado de manera más rápida. ​ 
 +También en este año 2023 se lanzó el programa **Aprende INEA** que es en modalidad virtual completamente,​ para poder cursarlo y obtener los certificados tanto de primaria como de secundaria se deben tener 15 años cumplidos. 
 +Todos estos servicios son gratuitos
 + 
 +**Acreditación por CEDEX** 
 + 
 +Funciona de manera similar al INEA, solo que se tiene la opción de presentar un examen único o varios exámenes, en el segundo caso deberán asistir a tutorías. El CEDEX (Centro de Educación Extraescolar) trabaja por áreas. 
 +Hasta el 2022 podía recibir niños y niñas a partir de los 10 años para acreditar primaria y a partir de los 15 para secundaria; sin embargo, desde este año 2023 se eliminó la opción de los 10 años y se deben tener 15 años cumplidos para acreditar ya sea primaria o secundaria.
  
 **Revalidación de acreditaciones obtenidas con currículos extranjeros** **Revalidación de acreditaciones obtenidas con currículos extranjeros**
  
-La otra opción es utilizar alguno de los muchos currículos que se ofrecen en México y que son certificados por umbrellas estadounidenses. Estos currículos se ofrecen desde preescolar (aunque en México no pueden revalidarse) hasta preparatoria (solo algunos) y muchos padres los prefieren porque obtienen boletas año con año.+La otra opción es utilizar alguno de los muchos currículos que se ofrecen en México y que son certificados por //umbrellas// estadounidenses. Estos currículos se ofrecen desde preescolar (aunque en México no pueden revalidarse) hasta preparatoria (solo algunos) y muchos padres los prefieren porque obtienen boletas año con año.
 Para hacer válidas estas boletas los padres de familia deben reunir las 6 correspondientes al nivel primaria y llevarlas a las oficinas de Control Escolar de la SEP (Secretaría de Educación Pública) de su estado y allí solicitar la revalidación de estudios realizados en el extranjero. Muy importante es jamás mencionar que se hace homeschool, porque aunque en México no está regulado, la SEP no lo aprueba y si sabe que se hizo homeschool no acepta los documentos e impide la revalidación. ​ Para hacer válidas estas boletas los padres de familia deben reunir las 6 correspondientes al nivel primaria y llevarlas a las oficinas de Control Escolar de la SEP (Secretaría de Educación Pública) de su estado y allí solicitar la revalidación de estudios realizados en el extranjero. Muy importante es jamás mencionar que se hace homeschool, porque aunque en México no está regulado, la SEP no lo aprueba y si sabe que se hizo homeschool no acepta los documentos e impide la revalidación. ​
  
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    - [[https://​www.facebook.com/​ABP-Sustenta-290886531450876/​|ABP Sustenta (Sociedad Civil de familias que educan en casa y sin escuela)]]    - [[https://​www.facebook.com/​ABP-Sustenta-290886531450876/​|ABP Sustenta (Sociedad Civil de familias que educan en casa y sin escuela)]]
-   - [[https://​www.facebook.com/​groups/​172827670018740/​about/|Aspectos legales ​de la educación ​en casa]]+   - [[https://​www.facebook.com/​profile.php?​id=100088723023542/|RENAEH (Red Nacional ​de Apoyo a la Educación en el Hogar)]] 
 +   - [[https://​www.facebook.com/​MarthaLegal/​|Educando ​en Casa y Sin Escuela]]
    - [[https://​www.facebook.com/​groups/​supraescolar/​about/​|Supraescolar]]    - [[https://​www.facebook.com/​groups/​supraescolar/​about/​|Supraescolar]]
    - [[https://​www.facebook.com/​groups/​1643836385865761/​about/​|Aprendizaje libre, natural, amoroso, feliz y creativo]]    - [[https://​www.facebook.com/​groups/​1643836385865761/​about/​|Aprendizaje libre, natural, amoroso, feliz y creativo]]
-   - [[https://​www.facebook.com/​Mylittlehomeschoolworkshop/​|My little homeschool workshop]] 
-   - [[https://​www.facebook.com/​ComunidadALAS/​| Comunidad Educativa Alas]] 
  
  
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 **Guadalajara** **Guadalajara**
 Ubicada en el estado de Jalisco, la comunidad homeschooler de Guadalajara es una de las más grandes y con más tiempo, para contactarte con ellos busca a Cecilia Arévalo, contáctala en su correo educandosinescuela@gmail.com ​ Ubicada en el estado de Jalisco, la comunidad homeschooler de Guadalajara es una de las más grandes y con más tiempo, para contactarte con ellos busca a Cecilia Arévalo, contáctala en su correo educandosinescuela@gmail.com ​
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-**Los Mochis** 
-En el estado de Sinaloa hay un grupo presencial activo y para contactarlo debes comunicarte con Alma Peña a su correo alma_pg@hotmail.com 
  
 **Monterrey** **Monterrey**
-El estado de Nuevo León alberga al grupo de Dessiree Martínezes una comunidad ​activa ​que además de apoyar a los niños ​homeschoolers,​ también hacer reuniones para que las mamás compartan un rato de esparcimiento e intercambio ​de experienciasuna muy buena opción, contáctala en dessy76@gmail.com+El estado de Nuevo León alberga al grupo de Instruye Integral, una comunidad ​tanto virtual como presencial en la que los niños ​las niñas aprenden a través ​de sus intereses, guiados por sus padres, pero siendo los protagonistas ​de su propio aprendizaje. Es dirigido por Jessica Hernándezpuedes contactarla al correo instruyeintegral@gmail.com
  
 **Xalapa** **Xalapa**
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 En México, el tema de la educación en casa se está haciendo muy visible en tiempos recientes. Si bien se practica desde hace muchísimos años, más de 20, las familias homeschoolers han tendido a la discreción. En México, el tema de la educación en casa se está haciendo muy visible en tiempos recientes. Si bien se practica desde hace muchísimos años, más de 20, las familias homeschoolers han tendido a la discreción.
 Su difusión inició hace unos 6 o 7 años a través del blogs electrónicos que luego evolucionaron a grupos en las redes sociales. Sin embargo, no se le había prestado tanta atención como ahora. Su difusión inició hace unos 6 o 7 años a través del blogs electrónicos que luego evolucionaron a grupos en las redes sociales. Sin embargo, no se le había prestado tanta atención como ahora.
-Por la misma razón no existen muchos recursos sobre el tema. Sólo hay una iniciativa de ley de hace 9 años que no prosperó.+Por la misma razón no existen muchos recursos sobre el tema.  
 +Hasta el año 2019 sólo había ​una iniciativa de ley de hace 9 años que no prosperó. Actualmente hay otras dos que fueron discutidas, pero no tomadas en cuenta.
 Los estudios académicos sobre esta modalidad son recientes o están en proceso, por lo que aún no se encuentran artículos académicos sobre ellos. Los estudios académicos sobre esta modalidad son recientes o están en proceso, por lo que aún no se encuentran artículos académicos sobre ellos.
 Lo que sí hay son muchas notas periodísticas,​ no todas bien enfocadas, la más destacada es un artículo que la revista Selecciones dedicó al tema. Lo que sí hay son muchas notas periodísticas,​ no todas bien enfocadas, la más destacada es un artículo que la revista Selecciones dedicó al tema.
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 ### Proyectos de Ley ### Proyectos de Ley
  
-* El único ​proyecto de Ley relacionado con la educación en casa es la [[http://​gaceta.diputados.gob.mx/​Black/​Gaceta/​Anteriores/​61/​2010/​jun/​20100618/​Iniciativa-3.html|propuesta realizada el viernes 18 de junio de 2010]] y que tenía por objetivo central lograr que se modificara el artículo 3° Constitucional (que rige a todo el sistema educativo mexicano) para incluir un párrafo que diera a los padres el derecho a elegir la manera de educar a sus hijos. Fue una iniciativa de ley que no prosperó.+* El primer ​proyecto de Ley relacionado con la educación en casa es la [[http://​gaceta.diputados.gob.mx/​Black/​Gaceta/​Anteriores/​61/​2010/​jun/​20100618/​Iniciativa-3.html|propuesta realizada el viernes 18 de junio de 2010]] y que tenía por objetivo central lograr que se modificara el artículo 3° Constitucional (que rige a todo el sistema educativo mexicano) para incluir un párrafo que diera a los padres el derecho a elegir la manera de educar a sus hijos. Fue una iniciativa de ley que no prosperó
 +Fue presentada por los diputados: Paz Gutiérrez Cortina, Carlos Alberto Pérez Cuevas (Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Junio 16 de 2010).
  
-A continuación se transcribe:+* El segundo proyecto de Ley relacionado con la educación en casa es la [[ http://​sil.gobernacion.gob.mx/​Archivos/​Documentos/​2022/​04/​asun_4354293_20220419_1650411195.pdf|iniciativa realizada el 19 de abril de 2022]] y que tenía por objetivo central modificar los artículos 9° y 35° de la Ley General de Educación, para reconocer a la educación en el hogar como una modalidad educativa. Fue presentada por el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo. Turnada a la Comisión de Educación y revisada en un paquete de otras 20 propuestas. No ha prosperado hasta el momento.
  
-**Iniciativa**+El tercer proyecto de Ley relacionado con la educación en casa es la [[ https://​www.senado.gob.mx/​65/​gaceta_del_senado/​documento/​126956|iniciativa realizada el 22 de junio de 2022]] y que tenía por objetivo central modificar los artículos 35° y 36° de la Ley General de Educación, para reconocer a la escolarización en el hogar como una modalidad educativa que fuera atendida por CONAFE. Fue presentada por la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío. Turnada a la Comisión de Educación y revisada en un paquete de otras 20 propuestas. No ha prosperado hasta el momento.
  
-//Que reforma del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para adicionar el derecho de los padres a decidir sobre la educación de los hijos, presentada por el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, en nombre propio y de la diputada Paz Gutiérrez Cortina, del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 16 de junio de 2010// 
  
-La Declaración Universal de los Derechos Humanos estable en el artículo 26 el derecho que tienen los padres de familia a decidir sobre la educación que las hijas y los hijos reciban: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.+### Artículos académicos
  
-El derecho humano a la educación, tiene la particularidad ​de contar con dos sujetos pasivos u obligados a otorgar una educación adecuada al sujeto activotitular del derechoPor un lado se encuentran los padres ​de familia o tutores, que gozan de un derecho-obligación preferente por razones naturales ​de filiación; por su parte el gobiernotiene la obligación ​de establecer ​las condiciones necesarias ​para proveer una educación de calidad, sin perjuicio ​del derecho ​preferente ​de los padres.+  * [[https://​dialnet.unirioja.es/​servlet/​articulo?​codigo=7805330|El homeschooling en México: su regulación y perspectivas de aplicación]] publicado por la Revista Legislativa ​de Estudios Sociales y de Opinión PúblicaVol13, Nº. 28, 2020. 
 +  * **Resumen:​** En México el homeschooling existe desde hace varias décadas, pero últimamente ​se ha intensificado. A pesar de elloen nuestro país no hay ninguna legislación federal ​que regule esta actividad, aunque sí tratados internacionales que establecen precedentes importantes en materia ​de homeschooling,​ especialmente en relación con los derechos ​de los estudiantes. En ese sentidoel objetivo de este artículo es profundizar en la comprensión ​de los elementos históricos y legales que sentaron ​las bases para el contexto actual ​del homeschooling en México e ilustrar cómo la falta de regulaciones específicas para esta modalidad educativa puede afectar el derecho ​a la educación ​de las niñas y niños mexicanos.
  
-Siendo los padres o tutores los primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, de ellos se espera les inculquen los principios e ideales que consideren convenientes para su formación y sano desarrollo, a través de sus enseñanzas y ejemplo. 
  
-Esta obligación supone reconocer a los padres de familia o tutores, el derecho a decidir sobre el tipo de educación que quieren que reciban sus hijas e hijos, derecho-obligación que no se limita a que asistan a la escuela, sino que implica en primer término, su participación activa en la formación del menor. 
  
-La titularidad de los padres a decidir y participar en la educación de sus hijos, no significa que ellos deban estar a cargo de todas las tareas educativas. Atendiendo a las limitaciones de la familia respecto de las posibilidades de cumplir con esta obligación,​ la delega en escuelas o centros educativos, los cuales, deben garantizar que la educación que los padres les confían, cumpla los objetivos específicos de la educación. 
  
-La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y las leyes del ámbito federal y local establecen disposiciones de las cuales emana la necesidad de incluir de manera expresa en la Carta Magna el derecho inalienable que tienen las madres y los padres de familia a decidir sobre el tipo de educación que, en base a sus principios éticos y convicciones,​ consideren más apropiada para sus hijos. 
  
-El artículo 3o. constitucional establece el derecho de todo ciudadano mexicano a recibir una educación que desarrolle de manera armónica todas las facultades del ser humano. De lo anterior se desprende la importancia de que la educación que imparta el Estado sea integral y armoniosa, por lo que sería inconstitucional,​ violatorio del derecho fundamental a la educación, la existencia de un dualismo antagónico entre la educación que se imparte en la escuela, y la que le otorgan los padres de familia en el hogar. Siendo los padres de familia titulares del derecho a la educación de sus hijos, tienen la obligación de vigilar su formación integral, en congruencia con los fines educativos que persiguen. 
  
-Asimismo, el artículo 3o. establece que la educación impartida por el Estado debe ser laica, lo que significa que ha de mantenerse al margen de toda creencia religiosa, respetando las convicciones de los estudiantes y promoviendo en todo momento una formación humana integral, libre de toda pretensión de adoctrinamiento ideológico. 
  
-El artículo 24 de la Constitución prevé el derecho de todo ciudadano a elegir y profesar el culto religioso que más le agrade, o a no profesar ninguno. El derecho de profesar la religión elegida, se concreta en enseñarla y promoverla, lo que implica que los padres de familia tengan el derecho de instruir a sus hijos en la religión de su convicción.+### Notas de prensa
  
-México ha suscrito expresamente el derecho prioritario de los padres a elegir la educación de sus hijos en varios tratados internacionales,​ los cuales tiene la obligación de cumplir con arreglo al artículo 133 constitucional,​ así como por el compromiso establecido en el artículo 26 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. 
  
-Algunos ​de estos tratados son la Declaración Universal ​de los Derechos Humanos (artículo 26 párrafo 3),1 el Pacto Internacional ​de Derechos Económicos,​ Sociales y Culturales (artículo 13.3),la Convención Relativa a la Lucha contra ​las Discriminaciones ​en la Esfera de la Enseñanza (artículo 5, b),la Convención Internacional ​de los Derechos de los Niños (artículo 18)4 y la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (artículo ​124).5+* [[https://​selecciones.com.mx/​homeschooling-una-educacion-practica-y-a-la-medida/​|Homeschooling:​ una educación alternativa,​ práctica y a la medida]] En este artículo ​de la revista Selecciones se recuperan las experiencias ​de diversas madres ​de familia latinoamericanas que educan a sus hijos en casaSi bien da muy buenos argumentos sobre el porqué hacer homeschoolingtambién destaca ​la posición de las autoridades ​en Méxicoquienes creen que desescolarizar no es una buena opción porque se evita la socialización adecuada ​de los niños, mito que se refuta en el mismo artículo. ​Su lectura es muy recomendable.
  
-El derecho comparado muestra que en diferentes países de América Latina el derecho que tienen ​los padres ​de familia de educar a sus hijos, la libertad de la que gozan para elegir el tipo de educación que desean para ellos y su participación activa en la educación son derechos constitucionalmente reconocidosPodemos constatar que 9 de 20 países ​de Iberoamérica (Colombia, Chile, Salvador, Ecuador, Guatemala, Hondura, Panamá, Perú y Uruguay) han establecido en sus constituciones ​el derecho ​de los padres a elegir ​la educación que más les convenga a sus hijos conforme a sus convicciones y principios.+* [[https://​www.forbes.com.mx/​homeschooling-cuando-los-padres-se-rebelan-sistema/​|Homeschooling:​ Cuando los padres se rebelan ante la educación oficial]]El título no es muy halagüeño puesto ​que de entrada nos pintan como rebeldes, lo cual tiene su lado positivoEl artículo recupera las experiencia ​de una familia homeschooler en México y de nueva cuenta toca el tema de la socialización como una posible desventaja.
  
-El Código Civil Federal establece ciertas obligaciones de aquellos que ejercen la patria potestad, entre las que se encuentran la obligación de la guarda y educación del menor (artículo 413), así como “la obligación de educarlo convenientemente” (artículo 422). Entendiendo por “convenientemente”,​ lo que, quienes ejercen la patria potestad, consideren bueno para su desarrollo y bienestar. Asimismo, el artículo 423 establece que quien ejerce la patria potestad, tienen la facultad de corregir al menor, y establece una carga al padre o tutor de ser ejemplo de comportamiento para el hijo o pupilo. 
  
-La Ley General de Educación establece la obligación que tienen los padres de apoyar el proceso educativo de sus hijos (artículo 66, fracción II), también se establece la obligación de los padres a colaborar con las autoridades escolares para la superación de los educandos y la facultad para proponer las medidas que estimen conducentes para alcanzar los objetivos para una educación de calidad (artículo 65, fracción III). El artículo 49 manifiesta la importancia de la intervención de los padres en la educación de los hijos. 
  
-Por lo expresado, la inclusión del derecho de los padres a decidir sobre la educación de sus hijos en el artículo 3o. constitucional traerá grandes beneficios a la calidad de la educación en México en virtud de que ayudará a la sensibilización de los padres sobre su condición de sujetos obligados a participar en la educación de sus hijos e hijas, pues además de promover la asistencia de los menores a la escuela, los padres serán conscientes de su responsabilidad de formar a sus hijos en ámbitos en los que normalmente el Estado no tiene la capacidad de llegar, como es la formación en valores, indispensable en todo ciudadano. La modificación propuesta en la presente iniciativa, también fortalece la democracia y el estado de derecho, pues refuerza la integración familiar, lo cual repercute en una sociedad más sana; promueve la libertad de pensamiento,​ posibilitando una sociedad más libre y plural; contribuye a la actualización de las leyes mexicanas con los tratados internacionales que se ha comprometido cumplir; y ayuda a una mayor integración entre la educación que las niñas y los niños reciben en la escuela y la que recibe en casa, de manera que sea complementaria y coherente. 
  
-En conclusión,​ el Estado mexicano debe cumplir su obligación subsidiaria de proporcionar educación a los niños y jóvenes en edad escolar, ya que no se puede sustituir el papel originario y primordial que tienen los padres de familia a educar a sus hijos, de decidir el tipo de educación que desean, y de participar activamente en su formación integral.+##Créditos
  
-Se pretende que entre los padres de familia y el Estado, a través de las autoridades competentes,​ se establezca una estrecha y armónica colaboración en la labor educativa, y que la pluralidad y diversidad de pensamiento de los mexicanos, no sea motivo de exclusión o discriminación. +El apartado ​de México fue elaborado ​por Martha Rebolledo
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-Con base en lo expuesto, y dado que este derecho humano no se encuentra establecido de manera explícita en la Carta Magna, la presente iniciativa propone que +
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-Artículo Único. Se adiciona un párrafo al artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: +
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-Artículo 3o. ... +
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-Los padres de familia tienen el derecho de decidir sobre la educación de sus hijas e hijos menores de edad, en base a sus principios éticos y convicciones. +
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-... +
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-I. a VIII. ... +
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-Transitorio +
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-Artículo Único. ​El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. +
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-Notas +
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-1 Artículo 26, párrafo tercero. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. +
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-2 Artículo 13.3. Los Estados parte en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas ​por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. +
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-3 Artículo 5 b). En que debe respetarse la libertad de los padres o, en su caso, de los tutores legales, 1o. de elegir para sus hijos establecimientos de enseñanza que no sean los mantenidos por los poderes públicos, pero que respeten las normas mínimas que puedan fijar o aprobar las autoridades competentes;​ y 2o. de dar a sus hijos, según las modalidades de aplicación que determine la legislación de cada Estado, la educación religiosa y moral conforme a sus propias convicciones;​ en que, además, no debe obligarse a ningún individuo o grupo a recibir una instrucción religiosa incompatible con sus convicciones;​ +
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-4 Artículo 18. Los Estados parte pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño. +
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-5 Artículo 12.4. Los padres y, en su caso, los tutores tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. +
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-Sede de la Comisión Permanente, a 16 de junio de 2010. +
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-Diputados: Paz Gutiérrez Cortina, Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbricas). +
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-(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Junio 16 de 2010.) +
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-### Artículos académicos +
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-### Notas de prensa +
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-* [[https://​selecciones.com.mx/​homeschooling-una-educacion-practica-y-a-la-medida/​|Homeschooling:​ una educación alternativa,​ práctica y a la medida]] En este artículo de la revista Selecciones se recuperan las experiencias de diversas madres de familia latinoamericanas que educan a sus hijos en casa. Si bien da muy buenos argumentos sobre el porqué hacer homeschooling,​ también destaca la posición de las autoridades en México, quienes creen que desescolarizar no es una buena opción porque se evita la socialización adecuada de los niños, mito que se refuta en el mismo artículo. Su lectura es muy recomendable.+