OLASE

**¡Esta es una revisión vieja del documento!**

Honduras

Breve informe sobre Aprendizajes Sin Escuela en Honduras. Incluye aspectos legales; mecanismos de acreditación; recursos y referencias.

Aspectos legales

Extensión de la escolarización obligatoria

El Art. 1711) de la Constitución establece la obligatoriedad de la educación básica.

Constitución de la República de Honduras

La constitución dedica el Capítulo VIII a Educación y Cultura y en el Art 1512) dispone que la Educación es función esencial del Estado. Mientras que en el Art 1523) reconoce a los padres el derecho preferente a escoger el tipo de educación que le brinden a sus hijos.

Jurisprudencia

Mecanismos de acreditación

Asociaciones, redes y grupos

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Recursos y referencias

Proyectos de Ley

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Artículos académicos

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Notas de prensa

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1)
((ARTICULO 171.- La educacion impartida oficialmente será gratuita y la básica será además, obligatoria y totalmente costeada por el Estado. El Estado establecerá los mecanismos de compulsion para hacer efectiva esta disposición.
2)
ARTICULO 151.- La educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza. La educación nacional será laica y se fundamentará en los principios esenciales de la democracia, inculcará y fomentará en los educandos profundos sentimientos hondurenistas y deberá vincularse directamente con el proceso de desarrollo ecoómico y social del país.
3)
ARTICULO 152.- Los padres tendrAn derecho preferente a escoger el tipo de educacion que habrAn de darle a sus hijos.