OLASE

**¡Esta es una revisión vieja del documento!**

Chile

Breve informe sobre Aprendizajes Sin Escuela en Chile. Incluye aspectos legales; mecanismos de acreditación; recursos y referencias.

Aspectos legales

Extensión de la escolarización obligatoria

Según lo establecido por la Constitución de Chile, son obligatorias tanto la educación básica como la educación media, y en el caso de esta última se extiende hasta los 21 años de edad.

Tanto la Constitución en el art antedicho, como la Ley General de Educación, disponen que la educación parvularia no constituye un requisito para el ingreso a la educación básica, por lo cual ésta no sería obligatoria.

Constitución Política de la República de Chile

El art. 19 de la Constitución chilena, en su inciso 10º reconoce y regula el derecho a la educación. Se establece el derecho preferente y el deber de los padres de educar a sus hijos.

Asimismo, como ya se dijo, se dispone la obligatoriedad de la educación básica y la educación media y el deber del Estado de financiar un sistema gratuito, con el fin de asegurar el acceso de toda la población.

El inciso 11º del mismo art. reconoce a toda la población, la libertad de enseñanza que incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales. Nuevamente en este inciso se reconoce el derecho de los padres a escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos.